En este artículo se explica sólo cómo deben comunicar la información las administraciones públicas por su relación con el servicio Canal de Alertas que la AOC les presta. Tiene toda la información en la web de la Oficina Antifraude de Cataluña .
De acuerdo con el Artículo 8 de la Ley 2/2023 debe comunicarse a la Oficina Antifraude de Cataluña la persona responsable del sistema interno de información.
¿Qué debe comunicarse a la Oficina Antifraude de Cataluña?
Los sujetos que dispongan de un sistema interno de información, en el sector público o en el sector privado, en cumplimiento de obligaciones legales o por decisión propia, y que estén incluidos en el ámbito de competencias de la Oficina Antifraude de Cataluña, deben comunicarle (art. 8.3 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero) en el plazo de 10 días hábiles:
- El nombramiento y cese de la persona física individualmente designada como responsable del sistema interno de información.
- O, en su caso, el nombramiento y cese de las personas que integren el órgano colegiado responsable del sistema interno de información.
Deberán tener en cuenta que:
- La comunicación debe realizarse en el plazo de los diez días hábiles siguientes al nombramiento o cese
- En caso de cese, deben especificarse las razones que lo han justificado
¿Cómo hacer la comunicación?
- Es necesario descargar el formulario Comunicación de responsable del sistema interno de información (art. 8 de la Ley 2/2023) en su ordenador y cumplimentarlo desde el Acrobat* y no desde la visión del navegador.
- Una vez rellenado el formulario debe enviarse a la Oficina Antifraude:
- Administración pública. Presentar el formulario a través del envío genérico del EACAT .
*Hay que tener instalado Adobe Acrobat Reader
Podría interesarte: