Introducción

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y la lucha contra la corrupción (en adelante Ley 2/2023) obligaba a los ayuntamientos de menos de 10.000 habitantes, a disponer de un Sistema Interno de Alertas, a 1 de diciembre de 20.

Para hacer efectivo el cumplimiento de este plazo, en diciembre de 2023, desde el Grupo de Trabajo de Bon Govern de la Red de Gobierno Abiertos de Cataluña , con la colaboración de la Asociación de Micropueblos de Cataluña y la Oficina Antifraude de Cataluña del año 2023, se pusieron en marcha una campaña dirigida al mundo local para la implantación tos por la Red de Gobiernos Abiertos de Cataluña (XGOC), por un lado, "Instrucción de funcionamiento del Sistema interno de Alertas del Ayuntamiento ..." y por otro el "Reglamento de funcionamiento del Sistema interno de Alertas del Ayuntamiento ..." (en adelante la Instrucción y el Reglamento); los expedientes de aprobación de la Instrucción y de designación del responsable del Sistema Interno de Alertas; y el modelo de petición de la utilización de la herramienta tecnológica del consorcio AOC para la creación del canal interno de alertas.

Actualmente, en el marco de la Red de Gobiernos Abiertos de Cataluña (en adelante la Red), se está analizando un modelo de apoyo y asesoramiento a los ayuntamientos de menos de 10.000 habitantes para el cumplimiento de la Ley 2/2023.

Mientras se determina este modelo de apoyo y asesoramiento, la Red considera necesario elaborar una Guía dirigida a las personas responsables del Sistema Interno de Alertas y al personal asociado al tratamiento de las comunicaciones. Sin embargo, se destaca la capacidad aglutinadora de la Red, en tanto que quiere poner en valor la gran cantidad de servicios ya existentes en el ámbito de las administraciones públicas; sobre todo respecto a la capacitación y formaciones ofrecidas por el AOC, en cuanto a la implantación, montaje y uso del canal interno alertas.

Esta guía en ningún caso es un instrumento jurídico, pretende ser una herramienta con indicaciones y recomendaciones necesarias para implantar el sistema interno de alertas.

Implantar el Sistema Interno de Alertas

Para una implantación efectiva de todos los elementos del Sistema Interno de Alertas deben llevarse a cabo las siguientes acciones:



Sensibilizar y formar a los miembros de la organización

El Sistema Interno de Alertas (SIA) se configura como un mecanismo de detección que permite al Ayuntamiento conocer las acciones u omisiones contrarias al derecho, actuar para defender el interés público, mejorar la gestión pública, poner de manifiesto el compromiso de la organización y de los servidores públicos con la transparencia, la honestidad y la integridad, y, en último término, reforzar la confianza.

De acuerdo con estos objetivos, el SIA se configura como una política de fomento de la alerta y de protección del informante, por lo que es necesario que la organización adopte las medidas pertinentes, dentro de un marco de prevención, que comienza por la sensibilización y toma de conciencia de sus miembros, facilitar y ofrecer una formación adecuada y suficiente.

● Se han adoptado medidas de sensibilización dentro de la organización.
● Se ha puesto a disposición de los miembros de la organización la formación adecuada.

Recomendación de la XGOC : La sensibilización, toma de conciencia y formación debe ser una acción constante en los miembros de la organización. Es necesario extender esta acción de sensibilización a terceros y difundir el SIA una vez esté implantado.

Te facilitamos los siguientes enlaces en los que podrás encontrar formación: